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Constitucionalismo Multinivel

Derechos Fundamentales (6ª Edición)

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Cuando el 12 de junio de 1985, en el Salón de Columnas del Palacio Real de Madrid, se firmó el Acta de Adhesión de España a las Comunidades Europeas se abrió un horizonte nuevo para nuestro país y, cuando apenas seis meses después, el 1 de enero de 1986, aquél Acta de Adhesión entró en vigor, comenzó de manera efectiva una andadura política, social y económica de hondo calado que ha definido y transformado radicalmente el ordenamiento jurídico español. La actual Unión Europea, heredera de aquellas originarias Comunidades, es el ejemplo de supranacionalidad más completo que se conoce. Su entramado institucional y la creación de un ordenamiento jurídico propio, que se integra en el Derecho de producción interna de los Estados miembros, distinguen a esta organización supranacional de cualquier otra. Como consecuencia del referéndum celebrado el 23 de junio de 2016, en el que los ciudadanos del Reino Unido decidieron salir de la Unión y tras una larga negociación, el 31 de enero de 2020, a medianoche, hora central europea, el Reino Unido dejó de ser Estado miembro de la Unión Europea por aplicación del Acuerdo de Retirada tramitado conforme a lo dispuesto en el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea, hecho sin precedentes, pero que no ha socavado los sólidos cimientos en los que se ha construido una Unión que mantiene unidos a veintisiete estado y a otros varios en espera de integración.

La incorporación de la España democrática, articulada por la Constitución de 1978, en la hoy Unión Europea es un hecho jurídico que no puede ser obviado por el jurista y que le obliga a una interpretación específica de las relaciones entre ordenamientos. La teoría del sistema jurídico multinivel, que adopta este libro, permite analizar el ordenamiento complejo español en el que se integran y entrelazan normas producidas en diferentes niveles normativos.

La profunda crisis financiera y económica que comenzó en 2008, la salida del Reino Unido de la Unión Europea (Brexit), la pandemia del COVID-19 que afectó, prácticamente sin excepción, a todos los países del Mundo, y la guerra injustificable de Rusia contra Ucrania han puesto de manifiesto, con mayor intensidad si cabe, la interdependencia de los ordenamientos jurídicos de producción interna de los diferentes Estados miembros y del ordenamiento jurídico de la Unión Europea y de ellos con los ordenamientos del resto de los países mundiales. Consecuencia de lo primero fue la reforma del artículo 135 de la Constitución española incorporando la estabilidad presupuestaria y las obligaciones al respecto del Estado y de las Comunidades Autónomas. Las nuevas relaciones económicas y sociales derivadas del Brexit entre el Reino Unido y la Unión Europea fueron igualmente relevantes y lo seguirán siendo en el futuro. De otra parte, la crisis sanitaria provocada por la COVID-19 demostró la vulnerabilidad de las sociedades ante un fenómeno global que afectó a millones de personas en todo el Mundo y donde la acción de la Unión Europea fue especialmente relevante para los Estados miembros. Poco tiempo después de que, gracias a las vacunas que pudieron desarrollarse en tiempo record, la COVID pudiera ser controlada, Europa se enfrentó a las consecuencias del ataque de Rusia a Ucrania que se inició el 24 de febrero de 2022, una guerra en suelo europeo con un número elevadísimo de pérdida de vidas humanas y consecuencias desastrosas para Ucrania, pero también para la Europa que cree en progreso pacífico de los pueblos. Nunca como en las últimas décadas ha resultado tan necesaria la articulación coherente entre la Constitución española y el resto del ordenamiento democrático y el ordenamiento europeo en busca de unos objetivos comunes.

De otra parte, desde la aprobación de la Constitución y de los Tratados originarios, respectivamente, hasta hoy, puede rastrearse una ingente labor en el reconocimiento y defensa de los derechos fundamentales por parte de los tribunales y, especialmente del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Justicia de la UE. La Carta de los Derechos Fundamentales, con el mismo valor jurídico que los Tratados, ha contribuido eficazmente a la articulación de la parte dogmática de la construcción europea. A esta labor de defensa de los derechos, debe unirse la realizada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en el marco del Consejo de Europa.

II

La incorporación de España a las Comunidades en 1985 fue fruto del proceso de

Transición Política (1975-1978) y específicamente de la aprobación de la Constitución española de 1978. El día 1 de agosto de 1977, la Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas creada en el Congreso de los Diputados, se reunió por primera vez dando comienzo los trabajos parlamentarios que culminarían, el 31 de octubre de 1978, con una votación plenaria en cada una de las Cámaras Parlamentarias en las que se aprobó mayoritariamente la que sería la Constitución española de 1978. En el referéndum celebrado el 6 de diciembre de ese mismo año, el pueblo español ratificó, por un 87,87 por ciento de votos afirmativos, el trabajo realizado por los constituyentes. El Rey promulgó la Constitución en las Cortes, reunidas en sesión conjunta y solemne, el 27 de diciembre de 1978; con su publicación en el Boletín Oficial del Estado y su entrada en vigor el 29 de ese mismo mes, se cerró el período constituyente y se inició el período constitucional democrático que alcanza hasta nuestros días. Desde entonces hasta hoy, mucho se ha escrito y opinado sobre la estructura, el contenido y los caracteres de nuestro Texto Fundamental. A lo largo de sus ciento sesenta y nueve artículos, sus cuatro disposiciones adicionales; sus nueve disposiciones transitorias, su disposición derogatoria y su disposición final, puede encontrarse la regulación del marco jurídico-constitucional que ha permitido la transformación del ordenamiento jurídico y de la propia sociedad española. Parte esencial de este contenido es el elenco de derechos y libertades contenido en el Título I del Texto Constitucional. Desde el artículo 10 que consagra la dignidad de la persona y que ha sido considerado el pórtico del catálogo constitucional de derechos, hasta el artículo 55, que regula la posibilidad de la suspensión de los derechos y libertades, la Constitución reconoce un amplio número de derechos civiles, políticos, económicos y de prestación, así como sus correspondientes garantías. Pero el contenido dogmático de la Constitución no se agota en este Título I aun cuando la relevancia del mismo resulta innegable. El artículo 1.1, incorpora los que denomina valores superiores del ordenamiento jurídico: libertad, igualdad, justicia y pluralismo político. Los valores constitucionales representan los pilares sobre los que la comunidad basa y asienta su organización sociopolítica, y en cuyas coordenadas el Estado debe desarrollar su actividad. A ello se ha unido progresivamente la labor legislativa de las Comunidades Autónomas en materia de derechos. Las reformas de los Estatutos de Autonomía han venido consolidar esta tendencia incorporando catálogos propios de derechos y libertades, ampliando notablemente el contexto normativo de los derechos en el ámbito de sus respectivos territorios.

Aun antes de aprobarse la Constitución, su solo proceso de elaboración fue aval suficiente para que España ingresara en el Consejo de Europa el 24 de noviembre de 1977, incorporando así al ordenamiento español el compromiso de respetar los derechos reconocidos en la Convención para la Salvaguardia de los Derechos y Libertades Fundamentales y aceptando posteriormente la competencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Paralelamente, se completó el mapa de compromisos internacionales ratificando tratados y convenios para la defensa de los derechos y libertades, haciendo posible la construcción actual de un sistema multinivel de reconocimiento y protección de los derechos fundamentales.

Este libro se dedica al análisis del sistema multinivel de derechos desde los fines primarios a los que el ordenamiento complejo actual está llamado y que no son otros que los valores y principios recogidos en la Constitución: la libertad, la igualdad, la justicia, el pluralismo, la dignidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás.

De los diecinueve capítulos de que consta esta obra, los cinco primeros se dedican a los aspectos generales de los cuatro niveles normativos que integran el sistema multinivel con el que se aborda el estudio. Después de un capítulo I, sobre el origen y evolución de los derechos, se aborda el análisis del Derecho de producción interna, diferenciando entre el nivel constitucional y el nivel estatutario; se prosigue con sendos capítulos dedicados al nivel jurídico de la Unión Europea y del Derecho Internacional, con especial referencia al Consejo de Europa. A partir del capítulo sexto se aborda el análisis de los requisitos para el ejercicio de los derechos, contenido esencial, interpretación, garantías y suspensión de derechos. Los capítulos once a dieciocho, ambos inclusive, abordan el estudio de derechos concretos, que coinciden con los consagrados en la sección 1ª, del capítulo II, del título I de la Constitución, en la Carta de los Derechos Fundamentales y, la mayoría de ellos, en el Convenio Europeo de Derechos Humanos. El último de los capítulos de esta obra repasa someramente otros derechos constitucionales regulados en la sección 2ª, del capítulo II, del título I de la Constitución, algunos de los cuales merecerían, sin duda, recibir mayores garantías, tal es el caso del derecho a la protección de la salud, el derecho a la vivienda, de los derechos de las personas con discapacidad o de los derechos de las personas mayores.

Diré, por último, que estas páginas están escritas desde el respeto a la libertad y a los demás valores y principios incorporados al ordenamiento como elementos esenciales del sistema democrático. Los planteamientos y las conclusiones que se incorporan a este libro se han elaborado desde ese prisma y aspiran a la difusión de nuestro sistema multinivel de derechos y libertades como instrumento de libertad y de justicia.

El Escorial, agosto de 2023

Yolanda Gómez Sánchez

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