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El permiso de formación para el empleo (análisis del artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores)

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El permiso de formación para el empleo (análisis del artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores).

El derecho a la formación profesional es un derecho intrínseco al trabajador en el marco del contrato de trabajo. Además, es uno de los principales instrumentos para que empresarios y trabajadores se adapten y adecúen a las necesidades y exigencias del mercado de trabajo. En esta línea, las recomendaciones de los organismos internacionales y de la Unión Europea resaltan que los trabajadores han de adquirir las competencias profesionales necesarias para favorecer las transiciones de ocupación y profesión como un fenómeno definitorio del Derecho del Trabajo. La obra aborda el estudio de la dimensión jurídica del permiso de formación para el empleo, vinculado a las actividades de acción formativa de la empresa, como una de las manifestaciones que conforman la configuración legal del apartado tercero del artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores (ET). En particular, se estudia, en detalle, la configuración de las distintas iniciativas de formación que conforman el permiso de formación profesional para el empleo, vinculado a la empresa: acciones formativas de la empresa a favor de los trabajadores por iniciativa propia, en el marco de un plan de formación profesional, acudiendo al sistema de formación profesional para el empleo a través del crédito de formación que se asigna a la empresa; acciones formativas comprometidas por la negociación

colectiva; permiso individual de formación y permiso anual de veinte horas. Se analiza la determinación de las obligaciones empresariales en el marco del contrato de trabajo, la estructura de participación, el régimen de funcionamiento y financiación del permiso y se repasa la intervención de la negociación colectiva en la regulación de los derechos y obligaciones de formación previstos en el artículo 23.3 ET. La obra también se ocupa de la regulación del derecho de formación profesional de los trabajadores en el ordenamiento jurídico alemán; el Estado define los principios y fundamentos sobre los que reposa el sistema de formación profesional alemán, si bien el desarrollo de su ejercicio se recoge, en las legislaciones de los distintos Länder, con vocación de favorecer el efecto multiplicador y expansivo de la formación en el cambiante mercado de trabajo y las exigencias de éste. El análisis, desde una vertiente jurídico-laboral, del derecho comparado alemán, permite detectar aquellos aspectos de nuestro ordenamiento que precisan revisión y formular, así, nuevas propuestas.

Dirección y prólogo: Antonio V. Sempere Navarro.

Colección: Derecho del Trabajo y Seguridad Social, número 23

146 páginas 

Formato: 170 x 240 milímetros

Tirada de 100 ejemplares.

Primera edición en esta colección: abril de 2024

La presente obra ha sido programada y realizada en el marco de los proyectos de investigación agrupados PID2020-118499GB-C31, C32 y C33

Esta obra está sujeta a licencia Creative Commons-Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional-CC BY-NC-ND 4.0

© De los contenidos, su autora

© Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

https://cpage.mpr.gob.es

NIPO BOE (Papel): 144-24-115-1

NIPO BOE (PDF): 144-24-114-6

NIPO BOE (ePUB): 144-24-113-0

ISBN: 978-84-340-2979-8

Depósito legal: M-11176-2024  

ÍNDICE:

PRÓLOGO

I. CUESTIONES PREVIAS

II. LA REGULACIÓN DEL DERECHO A LA FORMACIÓN PROFESIONAL EN LA NORMA INTERNACIONAL, EN ESPECIAL ENLA OIT

III.EL DERECHO A LA FORMACIÓN PROFESIONAL EN LA UNIÓNEUROPEA

IV.EL DERECHO A LA FORMACIÓN PROFESIONAL EN EL DERECHO ESPAÑOL: LA RELEVANCIA DE LA AUTONOMÍA COLECTIVA

V.LA OBLIGACIÓN EMPRESARIAL DE FORMACIÓN EX ARTÍCULO 23.3 ET

1.La iniciativa empresarial de formación en el marco de un plan de formación profesional

1.1 Las acciones formativas en el marco de un plan de formación desarrollado por iniciativa empresarial

1.1.1 Contenido de la acción formativa

1.1.2 Desarrollo y disfrute de la acción formativa

1.1.3 Modo de impartición de la acción formativa

1.1.4 Coste de la acción formativa

1.2 Las iniciativas formativas comprometidas en la negociación colectiva

1.3 El «permiso individual de formación» 

1.3.1 Contenido 

1.3.2 Desarrollo y disfrute del permiso individual de formación

1.3.3 Solicitud del permiso 

1.3.4 Financiación 

2. El permiso anual de formación 

2.1 Requisitos para solicitar el permiso 

2.1.1 Antigüedad en la empresa

2.1.2 Contenido de la acción formativa

2.2 Duración, modo y concreción del permiso

VI. LA INTERVENCIÓN DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA REGULACIÓN DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE FORMACIÓN PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 23.3 ET 

1. Ámbitos sobre los que puede intervenir la negociación colectiva: aspectos sujetos a negociación

2. Análisis de lo establecido convencionalmente: aspectos negociados 

A) Convenios colectivos que solamente contienen una declaración de principios en materia de formación para el empleo o se limitan a realizar una remisión al régimen legal vigente en este aspecto

B) Convenios colectivos que hacen mención o desarrollan alguno de los permisos formativos contenidos en el artículo 23.1 ET, pero que obvian el permiso anual de formación para el empleo previsto en el apartado tercero

C) Convenios colectivos que toman en consideración el permiso anual de formación para el empleo, pero realizando una simple remisión o reproducción del régimen legal 

D) Convenios colectivos que contienen un desarrollo convencional de las distintas vías de cumplimiento del artículo 23.3 ET

i) Convenios colectivos que delegan la organización de la acción formativa en la comisión paritaria 

ii) Convenios colectivos que establecen un plan de formación específico o imponen una obligación empresarial de desarrollo de un plan formativo 

iii) Convenios colectivos que regulan los Permisos Individuales para la Formación

iv) Convenios colectivos que regulan simultáneamente varias vías de cumplimiento del derecho de formación para el empleo 

v) Convenios colectivos que contienen cláusulas que desarrollan la forma de disfrute del permiso anual de formación para el empleo del 23.3 ET

VII. CONCLUSIONES 

VIII. BIBLIOGRAFÍA 

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